Colombia tiene uno de los marcos legales más favorables de América Latina para la creación de empresas por parte de extranjeros. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) — la figura societaria más usada en el país desde 2008, cuando la Ley 1258 la introdujo — permite a un extranjero con pasaporte vigente y RUT activo constituir una empresa unipersonal en un solo día, con capital social de un peso colombiano si así lo desea, y con responsabilidad limitada al monto de sus aportes. No se requiere socio colombiano. No se requiere visa de inversionista para la constitución. No se requiere capital mínimo.
La facilidad de la constitución, sin embargo, contrasta con la complejidad del cumplimiento tributario posterior. La DIAN — Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — aplica un régimen tributario que incluye IVA, renta, retención en la fuente, industria y comercio, y varios otros impuestos sectoriales. Un extranjero que abre una SAS sin asesoría contable puede acumular obligaciones fiscales incumplidas que resultan en sanciones que superan varias veces el impuesto original.
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Ley 1258 de 2008
sobre servicios
DIAN 2026
Paso a paso: constituir una SAS como extranjero
- Obtener RUT como persona natural — El Registro Único Tributario de la DIAN identifica a la persona ante el sistema tributario. Se obtiene en el portal dian.gov.co con el pasaporte. Si ya tiene cédula de extranjería, el proceso es más ágil.
- Reservar el nombre de la empresa — En el portal de la Cámara de Comercio correspondiente (Bogotá: ccb.org.co; Medellín: camaramedellin.com.co). La reserva es gratuita y válida por 30 días.
- Redactar y firmar el acto constitutivo — Documento privado que establece el nombre, objeto social, capital, representante legal y duración de la sociedad. No requiere escritura pública notarial para SAS.
- Registrar en Cámara de Comercio — El registro genera el NIT de la empresa. Costo: entre COP 350.000 y 800.000 según el capital declarado.
- Actualizar RUT con el NIT de la empresa — El RUT de la persona natural pasa a ser diferenciado del RUT de la empresa.
- Abrir cuenta bancaria empresarial — Requiere NIT activo, cédula de extranjería del representante legal, y los documentos de constitución.
Las obligaciones tributarias que más extranjeros pasan por alto
Una SAS activa en Colombia tiene estas obligaciones tributarias ineludibles, independientemente de si genera ingresos en el período:
- Declaración de IVA — Bimestral para empresas en régimen ordinario. El no presentarla genera sanciones del 5% del impuesto por mes de retraso.
- Retención en la fuente — Mensual si la empresa supera los umbrales de responsabilidad. Obliga a retener un porcentaje de los pagos a proveedores y consignarlo a la DIAN.
- Declaración de renta — Anual. La tarifa estándar para personas jurídicas es del 35% sobre la renta líquida gravable.
- Industria y comercio (ICA) — Municipal. En Bogotá oscila entre el 0,41% y el 1,38% de los ingresos brutos según la actividad.
