Contenido de la guía
Respuesta rápida: tener la visa no es el final del trámite. El extranjero en Colombia debe registrar su visa y obtener la cédula de extranjería (si su visa autoriza más de tres meses), avisar a Migración Colombia en 15 días cualquier cambio de domicilio, empleador o actividad, trabajar solo en lo que su visa autoriza y no ausentarse más de lo permitido. Incumplir estas reglas es una falta sancionable y, sobre todo, deja huella en su historial cuando pida su próxima visa.
Por qué estas obligaciones definen su próxima visa
La Resolución 5477 de 2022 da a Cancillería una amplia facultad discrecional: puede pedir documentos adicionales hasta tres veces (art. 19), y la aprobación de una visa que no reúne plenamente los requisitos «quedará a discrecionalidad de la Autoridad de Visas e Inmigración». Al estudiar una renovación o un cambio de visa, la autoridad revisa su historia migratoria: ingresos y salidas, registros, sanciones y, cuando aplica, aportes a seguridad social.
Por eso, un aviso que no se hizo, un trabajo con una empresa distinta a la autorizada o una ausencia demasiado larga pueden terminar en un requerimiento, una inadmisión o una negación, contra las que no proceden recursos (art. 100). Cumplir estas obligaciones es la mejor inversión para su próxima visa, y para la residencia permanente del artículo 90.
Las obligaciones en una tabla
| Obligación | Plazo | Si no la cumple |
|---|---|---|
| Registrar la visa y solicitar la cédula de extranjería (visas de más de 3 meses) | 15 días calendario (art. 118, Res. 5477) | Falta leve (Res. 2357, art. 15) |
| Avisar cambio de residencia o domicilio | 15 días calendario | Falta leve |
| Avisar cambio de empleador o contratante | 15 días calendario | Falta leve |
| Registrar el cambio de entidad, profesión, oficio o actividad | 15 días calendario | Falta leve |
| Registrar a los menores a su cargo | 15 días calendario | Falta leve |
| Renovar la cédula de extranjería cuando vence | Al vencimiento | Falta leve |
| Trabajar solo en la actividad y con quien autoriza la visa | Siempre | Falta leve o grave según el caso |
| Salir del país o pedir nueva visa al terminar la visa | 30 días calendario (art. 111, Res. 5477) | Permanencia irregular: falta grave |
Las faltas leves se sancionan con multa de 26,31 a 210,50 UVT (Res. 2357 de 2020, art. 15, con valores en UVT por la Res. 3770 de 2021). Con la UVT de 2026 (COP 52.374), eso equivale aproximadamente a COP 1.377.960 a COP 11.024.727.
1. Registro de la visa y cédula de extranjería
Si su visa autoriza una permanencia superior a tres meses, debe solicitar la cédula de extranjería ante Migración Colombia «dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes a su ingreso al país» (art. 118 de la Resolución 5477). Los titulares de visas de visitante (V) no tienen esta obligación. Si la visa se expidió estando usted ya en Colombia, confirme con Migración Colombia desde cuándo se cuenta el plazo en su caso y no lo deje para el último día.
La cédula es su documento de identidad en el país: la necesitará para la EPS, el banco, contratos y la licencia de conducción. La tarifa 2026 de la cédula de extranjería es de COP 294.000 (Resolución 599 de 2026 de Migración Colombia). Más detalles en la guía de la cédula de extranjería.
2. Avisar el cambio de domicilio
Al registrar la visa usted informa una dirección. Si se muda, debe avisar a Migración Colombia dentro de los 15 días calendario siguientes. Es una de las faltas más comunes porque mudarse de apartamento parece un asunto privado. La autoridad necesita poder ubicarlo, y la Resolución 2357 tipifica la falta de aviso como infracción leve.
3. Avisar el cambio de empleador o contratante
Hay dos situaciones muy distintas:
- Visas con permiso de trabajo cerrado, como la de trabajador: se otorgan para un cargo y una empresa concretos. Si cambia de empleador, la visa no le sirve para trabajar con el nuevo: necesita una nueva visa. La Resolución 2357 incluye como falta leve no solicitar autorización previa para cambiar de empleador o contratante.
- Visas con permiso abierto de trabajo, como la de cónyuge o la de residente (art. 87): puede trabajar en cualquier actividad lícita, pero igualmente debe avisar el cambio de empleador o contratante dentro de los 15 días.
Recuerde que la terminación del vínculo que dio origen a la visa también puede afectar su vigencia. Cuando una visa termina, usted tiene 30 días calendario para salir del país o solicitar una nueva, periodo durante el cual su situación se considera regular (art. 111 de la Resolución 5477).
4. Trabajar solo en lo que la visa autoriza
Ejercer una profesión u oficio distinto al autorizado, o realizar actividades remuneradas sin autorización, son faltas. Además, desarrollar una actividad no autorizada en un permiso de ingreso es falta grave. Y una advertencia importante: los salvoconductos no autorizan a trabajar; solo permiten permanecer o salir del país. Si cambia de cargo o actividad dentro de su empresa, regístrelo y verifique si necesita una nueva visa.
5. Controlar las ausencias del país
No es una obligación de aviso, pero es una de las causas más frecuentes de problemas en las renovaciones:
- Visas M: pierden automáticamente su vigencia si el titular se ausenta del país por más de 180 días calendario continuos dentro de cada 365 días (art. 65 de la Resolución 5477).
- Visa R: pierde automáticamente su vigencia si el titular se ausenta por dos años consecutivos ininterrumpidos (art. 88).
Una visa que perdió vigencia por ausencia rompe además la continuidad para la residencia permanente. Si viaja mucho por trabajo o familia, lleve un control de sus fechas con el certificado de movimientos migratorios (tarifa 2026: COP 89.000).
6. Seguridad social: lo que revisa Cancillería en las renovaciones
La cotización a seguridad social no es una obligación migratoria en sentido estricto, pero sí es una obligación legal si trabaja en Colombia, y la autoridad de visas la tiene en cuenta: el artículo 90 de la Resolución 5477, por ejemplo, permite verificar el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social de quien pide la visa R. Si trabaja como independiente, la base de cotización es el 40 % de sus ingresos. Lo explicamos en la guía de aportes a seguridad social para extranjeros.
Los titulares de visa de pensionado y de visa de nómada digital, salvo lo previsto en convenios con su país de origen, en principio no pueden trabajar en Colombia, por mandato expreso de la Resolución 5477 de 2022. El nómada digital está autorizado para trabajar en remoto para empleadores o clientes del exterior, no para vincularse laboralmente en Colombia.
Evite hacerlo. Una actividad no autorizada puede aparecer al renovar la visa, en los aportes a seguridad social, el RUT o los reportes del SIRE, y terminar en requerimientos, inadmisión o sanciones migratorias. Busque asesoría profesional antes de aceptar cualquier trabajo o contrato en Colombia.
Ojo: el plan de asistencia médica que exige la visa y la afiliación al sistema de salud cuando trabaja cumplen funciones distintas. Uno no reemplaza al otro.
7. Otras obligaciones que no puede olvidar
- Presentarse ante la autoridad migratoria cuando sea requerido por escrito.
- Ingresar y salir del país solo por los puestos de control migratorio habilitados.
- Pagar las multas impuestas: haber sido sancionado económicamente dos o más veces en el mismo año por la misma entidad es falta grave.
- Salir del país dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la cancelación de su visa.
- No obtener la visa por fraude ni presentar documentos o declaraciones falsas.
- Si es también nacional colombiano, identificarse como colombiano al entrar y salir del país.
Cómo se clasifican las faltas y qué consecuencias tienen
| Clase | Ejemplos | Consecuencia |
|---|---|---|
| Leve | No avisar cambios en 15 días; no registrarse; no renovar la cédula | Multa de 26,31 a 210,50 UVT |
| Moderada | Principalmente de empleadores y terceros: contratar extranjeros sin requisitos, no reportar en el SIRE | Multa de 105,25 a 2.631,30 UVT |
| Grave | Permanencia irregular; actividad no autorizada en el permiso; dos sanciones económicas en un año | Puede llevar a deportación |
| Gravísima | Incumplir una deportación; documentación fraudulenta | Puede llevar a expulsión |
La autoridad gradúa la sanción según el comportamiento del infractor, la gravedad, la reincidencia, el riesgo y la temporalidad (art. 22), y puede exonerar por caso fortuito, fuerza mayor o error invencible, indigencia comprobada o acuerdos internacionales (art. 23). Para los detalles del proceso, vea nuestra guía de salvoconductos y regularidad migratoria.
Checklist del extranjero cumplido
- Cédula de extranjería solicitada dentro de los 15 días y vigente.
- Dirección actualizada ante Migración Colombia.
- Empleador, contratante y actividad iguales a los que autoriza su visa, o avisados en 15 días.
- Ausencias por debajo de 180 días continuos (visa M) o de 2 años (visa R).
- Seguridad social al día si trabaja.
- Plan médico vigente durante toda la vigencia de la visa.
- Renovación planeada antes del vencimiento, para no depender de los 30 días del artículo 111 ni de un salvoconducto.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para avisar a Migración Colombia que me mudé?
15 días calendario. No avisar el cambio de residencia o domicilio es una falta leve según la Resolución 2357 de 2020.
¿Cuánto es la multa por una falta migratoria leve en 2026?
Entre 26,31 y 210,50 UVT; con la UVT 2026 de COP 52.374, aproximadamente entre COP 1.377.960 y COP 11.024.727. La autoridad gradúa el valor según criterios como reincidencia y gravedad.
¿Puedo trabajar con otra empresa si tengo visa de trabajador?
No. La visa de trabajador autoriza a trabajar con la empresa que la respaldó. Para cambiar de empleador necesita una nueva visa y avisar el cambio a Migración Colombia.
¿Puedo trabajar en Colombia con visa de pensionado o de nómada digital?
En principio no: salvo lo previsto en convenios con su país de origen, la Resolución 5477 de 2022 no autoriza a estos titulares a trabajar en Colombia. El nómada digital trabaja en remoto para el exterior. Evite actividades no autorizadas y busque asesoría profesional para no exponerse a requerimientos o sanciones al renovar su visa.
¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de Colombia sin perder la visa?
Con visa M, no más de 180 días calendario continuos dentro de cada 365 días (art. 65). Con visa R, la visa se pierde si se ausenta dos años consecutivos ininterrumpidos (art. 88).
¿Qué pasa cuando se termina mi visa antes de tiempo?
Tiene 30 días calendario para salir del país o solicitar una nueva visa; durante ese periodo su situación se considera regular (art. 111 de la Resolución 5477 de 2022).
¿Cuánto cuesta la cédula de extranjería en 2026?
COP 294.000, según la Resolución 599 de 2026 de Migración Colombia. Para ecuatorianos aplica una tarifa especial.
¿Por qué importan las obligaciones migratorias para renovar la visa?
Porque al estudiar una renovación o cambio de visa la autoridad revisa su historia migratoria: ingresos y salidas, registros, sanciones y, cuando aplica, aportes a seguridad social.
¿Los titulares de visa de visitante deben sacar cédula de extranjería?
No. La obligación del artículo 118 aplica a visas que autorizan permanencia superior a tres meses; los titulares de visa V no la tienen.
¿Debo avisar a Migración si cambio de empleador?
Sí, dentro de los 15 días calendario. Con visa de trabajo cerrada, como la de trabajador, además necesita una nueva visa para trabajar con el nuevo empleador.
¿Puedo trabajar con visa de cónyuge o de residente?
Sí. Son visas con permiso abierto de trabajo (artículo 87), aunque igualmente debe avisar los cambios de empleador o actividad en 15 días.
¿El salvoconducto me permite trabajar?
No. Los salvoconductos solo permiten permanecer o salir del país; no autorizan a trabajar.
¿Debo registrar a mis hijos menores ante Migración?
Sí. Registrar a los menores a su cargo es una obligación con plazo de 15 días calendario; no hacerlo es falta leve.
¿Qué pasa si no me presento cuando Migración me cita?
Presentarse ante la autoridad migratoria cuando sea requerido por escrito es una obligación; incumplirla es una falta sancionable.
¿Cuánto es la multa por una falta moderada?
De 105,25 a 2.631,30 UVT. Son faltas principalmente de empleadores y terceros, como contratar extranjeros sin requisitos o no reportar en el SIRE.
¿Qué faltas pueden llevar a deportación?
Las graves, como permanecer de forma irregular, realizar actividades no autorizadas en el permiso de ingreso o ser sancionado económicamente dos o más veces en el mismo año.
¿Cuánto tiempo tengo para salir si me cancelan la visa?
Debe salir del país dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la cancelación.
¿Debo cotizar a seguridad social si trabajo en Colombia?
Sí, es una obligación legal, y la autoridad de visas la tiene en cuenta. Si trabaja como independiente, la base de cotización es el 40 % de sus ingresos.
¿Pueden los pensionados o nómadas digitales trabajar en Colombia?
Salvo convenios con el país de origen, en principio no pueden trabajar en Colombia por mandato expreso de la Resolución 5477 de 2022. Evite hacerlo y busque asesoría profesional.
¿Necesito el plan médico durante toda la vigencia de la visa?
Sí. Mantener vigente el plan o la póliza de salud durante toda la visa forma parte del checklist del extranjero cumplido y se revisa en las renovaciones.
Fuentes oficiales: Resolución 2357 de 2020 de Migración Colombia, arts. 15, 22 y 23 (modificada por las Res. 2945 de 2020, 971 y 3770 de 2021) · Resolución 5477 de 2022, arts. 19, 65, 87, 88, 90, 100, 111 y 118 · Resolución 599 de 2026 (tarifas Migración Colombia) · UVT 2026: Resolución DIAN 000238 de 2025. Contenido informativo; no reemplaza la asesoría legal individual.
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